Berriozar: violencia contra las mujeres

El Ayuntamiento de Berriozar está elaborando un Diagnóstico sobre la situación y necesidades ante la violencia contra las mujeres, y nos gustaría contar con la opinión de las y los habitantes de nuestro municipio. Por eso te agradecemos que completes esta encuesta que nos ayudará a diseñar las políticas públicas municipales idóneas que contribuyan a mejorar la vida de las mujeres supervivientes.

Por violencia contra las mujeres entendemos: la que se ejerce contra estas por el hecho de serlo y que implique o pueda implicar daños o sufrimientos de naturaleza física, psicológica, sexual o económica, incluidas las amenazas, intimidaciones y coacciones o la privación arbitraria de la libertad, en la vida pública o privada. Se incluye a las niñas menores de edad.

FORMAS DE VIOLENCIA:

· Violencia física: cualquier acto violento contra el cuerpo de la mujer, con resultado o riesgo de producir lesión física o daño.

· Violencia psicológica: cualquier conducta, verbal o no verbal, como las amenazas, las coacciones, las humillaciones o vejaciones, la exigencia de sumisión, el acoso, la coerción o los insultos, que produzcan en la mujer algún tipo de sufrimiento, desvalorización, aislamiento o limitaciones de su ámbito de libertad.

· Violencia económica: la privación intencionada, y no justificada legalmente, de recursos para el bienestar físico o psicológico de la mujer y de sus hijas e hijos o la discriminación en la disposición de los recursos compartidos en el ámbito de la convivencia de pareja.

· Violencia sexual: cualquier acto de naturaleza sexual no consentido, en el que medie violencia, intimidación, prevalencia o manipulación emocional, incluida la exhibición, la observación y la imposición de relaciones sexuales.

MANIFESTACIONES DE LA VIOLENCIA:

- Violencia en la pareja o expareja: física, psicológica, económica o sexual ejercida contra una mujer, incluida su repercusión en los niños y las niñas que conviven en el entorno violento.

- La violencia sexual contra mujeres y niñas incluye la agresión sexual, el abuso sexual, el acoso sexual en el ámbito laboral o educativo y el abuso sexual cometido en las esferas familiar, comunitaria, educativa, laboral, así como en el espacio público.

- El feminicidio: los homicidios cometidos en el ámbito de la pareja o expareja, así como otros tales como: el asesinato vinculado a la violencia sexual, el asesinato en el ámbito de la prostitución y la trata de mujeres, los asesinatos por motivos de honor, el infanticidio de niñas y las muertes por motivos de dote.

- La trata de mujeres y niñas: la captación, transporte, traslado, acogimiento o recepción de mujeres o niñas, con la finalidad de explotación sexual, laboral o matrimonio servil.

- Prostitución y/o explotación sexual: Práctica de mantener relaciones sexuales con otras personas a cambio de dinero.

- Matrimonio a edad temprana, matrimonio concertado o forzado.

- Mutilación genital femenina.

Cualquier otra forma de violencia que lesione o sea susceptible de lesionar la dignidad, la integridad o la libertad de las mujeres que se halle prevista en los tratados internacionales, en el Código Penal español o en la normativa estatal o foral.

(Artículo 3 de la Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres).

¡Muchas gracias por participar y contribuir al impulso de la igualdad de género de Berriozar!

PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLNCIA DE GÉNERO. Esta actuación está financiada con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de Igualdad.

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