Tarjetas de Pago Electrónico

Estimado/a Comerciante

Si bien el Gobierno aprobó un Real Decreto en Julio de 2014 por el que se limitaban las tasas de descuento en un 0,2% para las tarjetas de débito y de un 0,3% para las de crédito, sin embargo un Reglamento europeo posterior excluye de estas limitaciones a las tarjetas que actúan con licencia o de marca combinada, o bien a través de un servicio de agencia. De esta forma algunas tarjetas que son realmente de cuatro partes (banco emisor, banco adquirente, comerciante y consumidor) y sujetas a la limitación, actúan en la práctica como de tres (entidad emisora, comerciante y consumidor) y consideran que están exceptuadas de la limitación indicada.

La realidad es que con esta situación, en apariencia contradictoria, actualmente no se conoce con exactitud cuáles son las tarjetas que realmente respetan las limitaciones indicadas o las que consideran que, de acuerdo con la norma comunitaria, pueden cobrar comisiones superiores.

Un modo de identificar estas tarjetas es encontrar dos logotipos, el del banco y el propio de la tarjeta o empresa emisora. En muchas ocasiones en nuestros establecimientos no aceptamos tarjetas de emisores no bancarios, muy conocidas a nivel internacional, porque sus costes para el comerciante son muy superiores, pero sin embargo aceptamos estas tarjetas cuando van acompañadas por el logotipo del banco tradicional, ya que creemos que en estos casos están sujetas a las limitaciones establecidas.

UPTA está realizando una encuesta a los profesionales que aceptan tarjetas de pago con el fin de saber el grado de conocimiento que los autónomos y pequeños comerciantes tienen al respecto de este asunto con el objetivo de hacer llegar el resultado al OBSERVATORIO DE PAGOS CON TARJETA ELECTRÓNICA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD.

Aunque los sectores el comercio minorista y la hostelería son los más afectados, sin embargo el problema también preocupa a todos los profesionales que habitualmente tienen establecimientos abiertos al público, así como al servicio de transportes de viajeros y a los nuevos ámbitos del comercio electrónico.

Si quieres información más detallada sobre este asunto, puedes consultar en la web upta.es el INFORME que hemos elaborado.

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